Riesgo ambiental, un tema no cubierto
- Grupo SEG
- 4 feb 2020
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Actualizado: 4 mar 2020
No está bien normada la parte de riesgo ambiental de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), ya que desde su expedición el 30 de noviembre de 1988, no existe el Reglamento de Riesgo que prevé su artículo 146, sostiene el ingeniero químico industrial, Porfirio Aldana Torres, director ejecutivo de Grupo SEG.

El especialista explica que como no se pudo cumplir con dicho mandato, en su lugar se emitió en 1990 el Primer listado de actividades altamente riesgosas, que corresponde a aquellas en que se manejan Sustancias Tóxicas y en 1992 el Segundo Listado de actividades altamente riesgosas, que corresponde a aquellas Sustancias Inflamables y Explosivas, con las cantidades mínimas y máximas de manejo, pero que dejan un vacío que no es regulado por nadie.
Como ejemplo citó que, aunque el riesgo en una gasolinera pudiera parecer grande, este listado dice que si no se manejan por arriba de los 10 mil barriles, NO es considerado como de alto riesgo. Al respecto el ingeniero Aldana Torres sugiere que la autoridad estatal debería regular a estas empresas que sí representan un riesgo ambiental, en el sentido de que existe la probabilidad de que suceda algún evento indeseado.
Mencionó que otra de las fallas está en el Artículo 147 que mandata la realización del Estudio de Riesgo Ambiental en las actividades consideradas de alto riesgo, ya que las empresas si bien lo realizan, no siguen las recomendaciones para minimizar o eliminar los riesgos. De hecho, afirma que el Seguro de Riesgo Ambiental que prevé este mismo artículo, en la práctica no es contratado por las empresas.
Por ello, el ingeniero Porfirio Aldana considera que la ley ambiental no se ha tomado en serio y enumera otras fallas, como que el Artículo 145 que prevé el uso de suelo para la implantación de una industria, tampoco se respeta. Y es que dijo que en la práctica se ha visto como una planta industrial puede ubicarse en cierto lugar y nadie la mueve de ahí por muchos años.
Menciona que, con frecuencia, hasta que el problema de contaminación se vuelve muy grande, es cuando los lugareños afectados se manifiestan enérgicamente y logran el cierre de una instalación. El ingeniero recuerda un caso en el que así sucedió.
A principios del siglo XX una famosa Papelera se ubicó en un área despoblada a las faldas del Volcán Popocatepetl y por casi un siglo se desempeñó con éxito explotando el bosque y comercializando su producto en todo el Valle de México. Pero fue hasta la década de los 80’s (conformado ya como municipio San Rafael) cuando una vez terminado el bosque y contaminada el agua, los pobladores alzaron la voz y lograron el cierre.
Finalmente, indica que en el caso de que una fábrica se mudara a un lugar alejado de las zonas pobladas, como el desierto de Sonora, esto no es una garantía de que en el futuro no afectará a la gente, ya que es ella misma la que migra al lugar, ya sea por empleo o porque se “establece” como ambulante y termina radicando allí.
El ingeniero químico Porfirio Aldana Torres se desempeña actualmente como auditor ambiental de la Unidad de Verificación 118 autorizada por la Profepa y acreditada por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA), también es catedrático en la División Académica de Ciencias Biológicas (DACBiol) de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT).

Presupuestos de servicios de Estudio de Riesgo Ambiental y Manifestación de Impacto Ambiental: gruposegvh@gmail.com
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