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Factores de riesgo psicosocial

Un año después de su publicación, en octubre de 2019 entró en vigor la NOM-035-STPS-2018 Factores de riesgo psicosocial en el trabajo - Identificación, análisis y prevención. Sin embargo, será hasta octubre de 2020 cuando entre en vigor el Capítulo 7 Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, y evaluación del entorno organizacional; entre otros numerales de la norma, que suman el 100 por ciento.



Los Factores de Riesgo Psicosocial son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.


Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador; la falta de control sobre el trabajo (posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo permite); las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo.



POLÍTICA

Por ahora, los patrones ya deben contar con una declaración documentada sobre la Política de Prevención de Riesgos Psicosociales (la norma cuenta con un ejemplo o modelo en la Guía de Referencia IV); que debe contemplar tres aspectos:

  • La prevención de los factores de riesgo psicosocial;

  • La prevención de la violencia laboral, y

  • La promoción de un entorno organizacional favorable.


Asimismo, es obligación de los patrones proporcionar información y difundir:

  • La política de prevención de riesgos psicosociales;

  • Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;

  • Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.


PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN

Para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo deberán:

  • Establecer acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial que impulsen: el apoyo social, la difusión de la información y la capacitación;

  • Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y

  • Realizar acciones que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización; la capacitación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.



ACCIONES Y PROGRAMAS

Las acciones y programas, sólo por mencionar algunas, deberán considerar lo siguiente:


En lo relativo al apoyo social deberán incluir actividades que permitan:

  • Establecer relaciones entre trabajadores, supervisores, gerentes y patrones para que puedan obtener apoyo los unos de los otros;

  • Promover la ayuda mutua y el intercambio de conocimientos y experiencias entre los trabajadores, y

  • Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables;


En relación con el equilibrio en la relación trabajo-familia, contemplar:

  • Lineamientos para establecer medidas y límites que eviten las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo;

  • Apoyos a los trabajadores, de manera que puedan atender emergencias familiares, mismas que el trabajador tendrá que comprobar, y

  • Promoción de actividades de integración familiar en el trabajo, previo acuerdo con los trabajadores;


Respecto al reconocimiento en el trabajo deberán contar con mecanismos que permitan:

  • Reconocer el desempeño sobresaliente (superior al esperado) de los trabajadores;

  • Difundir los logros de los trabajadores sobresalientes, y

  • En su caso, expresar al trabajador sus posibilidades de desarrollo.



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